Conclusiones del 19 y 20 de abril : COMISION ORGANOS
JURISDICCIONALES
La
Comisión de Órganos Jurisdiccionales no ha logrado abordar
la totalidad del temario propuesto para su trabajo, dado el escaso tiempo
para su debate. Por ello, entre aquellos ha seleccionado:
1. El atinente
a la descentralización de la administración.
2. El referente al horario y la feria judicial.
3. La propuesta de efectivizar un aporte voluntario del salario
4. Y, finalmente, la independencia judicial.
En relación
al primero de los puntos, y sin perjuicio de las manifestaciones de los
jueces del Departamento Judicial San Martín, quines explicaron
las razones por las cuales fracasó el Consejo de Administración
que en ese Departamento Judicial funcionara; la Comisión entendió
que resulta indispensable descentralizar la administración del
Poder Judicial, desde que resulta casi imposible que, desde la ciudad
de La Plata, se puedan resolver a tiempo y en forma eficiente, los problemas
que ocasiona la administración de Departamentos Judiciales tan
distantes de la administración central, y tan distintos en cuanto
a sus realidades y sus necesidades básicas.
Se concluyó, asimismo, que para que esta descentralización
resulte eficiente, era posible conformar "Consejos de Administración
Departamentales", lo que debían reunir, necesariamente, las
siguientes condiciones:
1. Asegurar
la representación de todos los sectores involucrados (esto es Órganos
Jurisdiccionales de todos lo fueros y grados, Ministerio Público
Fiscal y de la Defensa).
2. Establecer reglas de consenso y solidaridad para la resolución
de los problemas, abandonando el criterio de autoridad con que suelen
resolverse estas cuestiones por razones jerárquicas.
3. Reconocimiento de las distintas realidades y necesidades intradepartamentales.
Sobre este punto, el de los Consejos de Administración Departamentales,
varios de los integrantes de la Comisión sostuvieron la necesidad
de que sea conformado por verdaderos administradores, y no por quienes
ejercen la Magistratura.
Entre otras cosas, y además de la tarea propia de la administración
de recursos materiales y edilicios, se consideró que este Consejo
debería ser oído, especialmente, en temas tales como:
a) Redistribución
del personal de los órganos de la transición que se disuelvan.
b) Cronograma de disolución futura de los Juzgados de Transición
existentes, o reducción de las Salas de las Cámaras de Garantías;
y redistribución , también en este caso, del personal con
que dichos órganos cuenten.
c) Revisión de la ley orgánica del Poder Judicial, sobre
la base de la realidad de cada Departamento Judicial, para una más
justa asignación de las tareas; y conversión de algunos
órganos, con mínima carga de trabajo, en aquellos que resultan
ahora realmente indispensables, como los Juzgados de Ejecución.
Dentro de
este mismo tema, además, se consideró necesario reflotar
la "Comisión de Seguimiento de la Reforma", que fue creada
en el marco del, hoy derogado, decreto 1229/98, con la convicción
de que, además de la función que éste tenía
asignada en la norma referida, reciba las inquietudes y opiniones de los
distintos consejos departamentales; ello tendiente a relevar las necesidades
de cada Departamento Judicial, y resolver en forma conjunta aquellas situaciones
que así lo ameriten.
Claro está que, para todo ello, debe aprovecharse el proyecto ya
realizado por la Secretaría de Planificación de la Suprema
Corte de Justicia Provincial.
En segundo lugar se debatió en relación al actual horario
judicial, y sus posibles modificaciones.
Todos los integrantes de la Comisión fueron contestes en señalar
que, por lo menos en lo referente a la Justicia Penal, el horario de 7:30
a 13:30 horas fijaba, tan solo, el período en el cual el órgano
jurisdiccional atendía al público; ya que una vez cerrada
la ventanilla, a las 13:30 hs., el trabajo continuaba, aún a puertas
cerradas. Se trata, pues, de un horario virtual.
Por ello, no se consideró necesaria la extensión del horario,
al que se le reconoció una función organizadora de la tarea
jurisdiccional.
Sin perjuicio de ello, se entendió necesario reorganizar las tareas
de algunas oficinas, como las bibliotecas departamentales, las oficinas
de mandamientos, las secretarías de gestión, sanidad y oficinas
periciales, etc; a fin de que mediante la adecuada distribución
de sus empleados y funcionarios en dos turnos, estos puedan acompañar
la tarea de los órganos jurisdiccionales, en toda la extensión
del horario.
Al igual conclusión se arribó en relación a la hipotética
modificación del sistema de feria judicial, a la que se le reconoció
gran eficacia para ordenar el trabajo y las agendas -como lo reconociera
recientemente el Sr. Procurador de la Suprema Corte Provincial - tanto
de los integrantes del Poder Judicial, como de los abogados que en ellos
deben cumplir su labor.
Se recordó que en modo alguno puede sostenerse que esta posición
implica una defensa a ultranza de un sistema privilegiado de descanso,
ya que, dada la antigüedad laboral promedio de cada uno de los titulares
de los órganos jurisdiccionales, de asignárseles sus vacaciones
por el sistema general, gozarían de un descanso, cuanto menos,
equivalente.
Antes de concluir con este tema se recordó que bastaba tener en
cuenta la gran cantidad de gente que trabaja "ad honorem" en
el Poder Judicial, por larguísimos períodos, para concluir
que los problemas por los que atraviesa hoy el servicio de justicia, no
han de solucionarse con una mayor carga horaria, ni con la eliminación
de la feria judicial.
Se recordó aquí, también, un importante trabajo de
investigación realizado por el Dr. Capurro, maestro de Peritos
de la Suprema Corte Provincial, que conducía a la conclusión
de que la labor de los operadores del sistema que cumplían con
su función en la Justicia Penal, resultaba insalubre, basado ello
en un relevamiento estadístico comparativo de afecciones psiquiátricas
y cardíacas entre sus integrantes.
Claro está que, en esta situación, se encuentran no sólo
los magistrados, los titulares del Ministerio Público Fiscal y
de la Defensa, sino también todos los empleados de la Justicia
Penal, cuyo horario laboral se extiende en la misma proporción.
Ya ingresando
en el debate acerca de la posibilidad de hacer efectivo un aporte voluntario
del 10% del salario, en las categorías superiores del Poder Judicial,
como respuesta ante la actual crisis económica, se concluyó
que:
1. Este aporte
ya es realizado por los titulares de los distintos órganos jurisdiccionales
para posibilitar el funcionamiento de cada uno de ellos (compra de material
bibliográfico, material de librería, cartuchos de impresora,
pago de "meritorios", compra de refrigerio, pago del servicio
de limpieza, etc).
2. La necesidad de un debate mayor para racionalizar el gasto de la administración
de justicia.
Luego de
reconocer la existencia de enorme cantidad de automotores asignados a
quienes no siempre los emplean en su función específica,
el indiscriminado empleo de teléfonos celulares, la existencia
de alquileres carísimos cuando existen edificios propios desocupados
que requieren de pocas modificaciones para poder ser utilizados; se concluyó
en la necesidad de la realización de una auditoría externa,
que formule un diagnóstico estadístico y general de la asignación
de recursos, con miras a racionalizar los gastos y evitar las corruptelas
en su asignación.
La Comisión no puede soslayar la desazón que la evidente
dilapidación de recursos ocasiona en los operadores del sistema
que realmente los necesitan y no cuentan con ellos; cuando advierte que
los recursos se asignan con criterios jerárquicos, y no respetando
las verdaderas necesidades del servicio.
Inmediatamente después, los integrantes de la comisión consideraron
que resulta absolutamente justo, desde el punto de vista ético
y jurídico, que los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial,
tributen impuestos a las ganancias; ya que lo contrario, resulta un privilegio
sectario frente a un gravamen totalizador.
Finalmente, y en muy escaso tiempo, no más de treinta minutos,
se debatió en relación a la independencia judicial. Se advirtió
allí la incidencia de los medios de comunicación que, actuando
con distinta intencionalidad, se ocupan de las decisiones jurisdiccionales
sin rigor técnico; situación ésta que si bien, generalmente,
no incide en la decisión del Magistrado, si lo hace en la reprecisión
que esta decisión tiene en la comunidad.
Se evaluó como forma posible de contrarrestar esta situación,
el asignarle a las Secretarías de las Cámaras de Garantías,
la función de informar a la prensa en cada caso la normativa aplicable
al tema y los principios generales que rigen la materia
La situación más grave, sin embargo, se observó en
la existencia de presiones internas dentro del propio Poder Judicial;
situación que podría superarse a través de un control
de superintendencia; y una efectiva capacitación de todos los actores
del sistema a fin de que puedan comprender, acabadamente, los roles que
en el proceso desarrolla cada uno de ellos.